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Multan a Hospital Clínico por exigir suscripción de pagaré para atención de urgencia

  • Jueves 12 de diciembre de 2019
  • 11:44 hrs

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 700 UTM aplicada al Hospital Clínico de la Universidad de Chile por exigir la suscripción de un pagaré a madre de menor que requería atención médica de urgencia.

El caso se remonta a julio de 2015, cuando a la madre de una menor le fue exigido un pagaré para proceder a la atención de su hija, según consigna el portal oficial del Poder Judical.

Tal situación se encuentra prohibida por ley en el DFL Nº 1 de Salud. "En las situaciones indicadas en los incisos cuarto y quinto de este artículo, se prohíbe a los prestadores exigir a los beneficiarios de esta ley, dinero, cheques u otros instrumentos financieros para garantizar el pago o condicionar de cualquier otra forma dicha atención”, cita el portal.

La sala descartó un actuar arbitrario de la Superintendencia de Salud al aplicar la sanción por ser los encarados de fiscalizar y sancionar estas infracciones. 

“Le corresponderán a la Superintendencia, para la fiscalización de todos los prestadores de salud, públicos y privados, las siguientes funciones y atribuciones, las que ejercerá a través de la Intendencia de Prestadores de Salud: …11. Fiscalizar a los prestadores de salud en el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 134 bis; 141, incisos penúltimo y final; 141 bis; 173, incisos séptimo y octavo, y 173 bis, y sancionar su infracción. La infracción de dichas normas será sancionada, de acuerdo a su gravedad, con multa de diez hasta mil unidades tributarias mensuales'", plantea el fallo.