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Perros y otras mascotas serán tratadas como “hijos” en casos de divorcio en España

  • Miércoles 6 de octubre de 2021
  • 23:13 hrs

La reforma recientemente aprobada por el congreso conlleva que los animales sean considerado "seres vivos dotados de sensibilidad" ante la ley.

Un importante avance en materia de derechos de los animales se reveló este martes desde España. Esto luego que el congreso aprobara una triple reforma que modifica el carácter de “cosa” o "bienes inmuebles" que actualmente tienen los animales ante la ley, para comenzar a considerarse "seres vivos dotados de sensibilidad".

La normativa que aún debe ser votada por el Senado, igualmente ha generado celebraciones con su avance, ya que esta conlleva que las mascotas sean consideradas “hijos” en algunos casos. Así lo detalla la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, Ley Hipotecaria y Ley de Enjuiciamiento Civil, donde destaca que en caso de divorcio, las parejas deberán acordar varios detalles con respecto a los perros, gatos y otros animales que posean en conjunto.

Según se explica, un juez podrá determinar la custodia de la mascota familiar entre los dos miembros que conformaban la expareja, pudiendo ser compartida al igual que los hijos humanos. Entre los acuerdos, además se determinaran visitas, manutención y se considerarán casos de maltratos contra los animales al momento de decidir el futuro de esta. 

Cabe destacar que según detallaron medios locales, debido a que los animales no serán considerados como bienes inmuebles, estos no podrán ser alejados de sus dueños en los procesos de embargo o desahucio.